In re Jiménez Román

RESOLUCIÓN

Atendida la Moción Informativa en Cumplimiento de Orden, presentada por el abogado de epígrafe, ordenamos la reinstalación del Ledo. José M. Jiménez Román al ejercicio de la abogacía, condicionada a que por el término de un año se someta a pruebas periódicas de dopaje. Además, ordenamos a la Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía que establezca el procedimiento a seguir para que el licenciado Jiménez Román cumpla con lo aquí establecido, y que supervise que éste cumpla con la condición impuesta.

En cuanto a los procedimientos disciplinarios pendientes, ordenamos el archivo de las siguientes quejas: AB-2002-167, AB-2002-178, AB-2003-32, AB-2003-226 y la número 03-204 presentada ante la Oficina del Procurador General.

*101Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.

(.Fdo.) Aida Ileana Oquendo Graulau

Secretaria del Tribunal Supremo