emitió la opinión del tribunal.
El demandado en ¿1 presente caso fué declarado culpable el día 16 de enero de 1907, en la Corte de Distrito de Ma-yagüez, previa acusación por el fiscal y veredicto del jurado, del delito de atentado contra la vida, y fué condenado por la corte en debido tiempo á la pena de reclusión durante siete años en el presidio con trabajos forzados, y al pago de las cos-tas. Contra esta sentencia interpuso recurso de' apelación en debida forma para ante esta corte, pero no ha presentado ni pliegos de excepciones, ni relación de hechos; y no se ha presentado ningún alegato por escrito á su favor. El abogado defensor pronunció un argumento oral presentando ciertas objeciones á la forma del veredicto y de la sentencia, pero des-pués de una debida consideración quedan éstas desestimadas.
*391Habiendo examinado el récord cuidadosamente en este ca so, y no habiendo encontrado error en el mismo, la sentencia de la Corte de Distrito de Mayagüez debe ser confirmada.
Confirmada.
Jueces concurrentes: Sres. Presidente Quiñones y Aso-ciados Hernández, Figueras y Wolf.