Pueblo v. Vidal

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan, Sección 2a.

Revocada la sentencia apelada por los fundamentos consignados en los casos No. 496, El Pueblo v. *1222Blanco, 18 D. P. R., 1020; No. 508, El Pueblo v. Gestera, No. 511, El Pueblo v. Gestera, ambos de enero 20, 1913; No. 510, El Pueblo v. Gestera, enero 22, 1913; No. 509, El Pueblo v. Gestera, enero 23, 1913; No. 512, El Pueblo v. Gestera, enero 23, 1913; No. 531, El Pueblo v. Vidal, febrero 13, 1913.

Abogado del Pueblo: Sr. Charles E. Foote, Fiscal. El ape-lante no compareció. El Juez Asociado Sr. Wolf firmó ha-ciendo constar estar conforme con la parte dispositiva de la sentencia.