Apelación procedente de la *601Corte de Distrito de San Juan, Sección 2a., en un caso de tercería de dominio e injunction. Moción de la parte apelante desistiendo de la apelación de acnerdo con la parte apelada.
Resuelto en marzo 31, 1914. Se tiene a la parte apelante por desistida de la apelación. Abogados de la apelante: 8res. Muñoz & Brown. Abogado de la apelada Dolores Benitez: Sr. Eugenio Benitez' Castaño.