Pueblo v. García

Hurto menor. Examinados los alegatos y estando conforme el Fiscal con la alegación del apelante de ocurrir manifiesto error en la apreciación de la prueba por parte de la corte sentenciadora y por los fundamentos de los casos de El Pueblo v. Villegas, 25 D. P. R. 875, y El Pueblo v. Laureano, 20 D. P. R. 8, se revoca, la sentencia y absuelve al acusado.