Pueblo v. Tirado

opinión concurrente emitida por el

juez asociado sr. wole.

El derecho de un juez a fijar la pena en un caso no de-pende de que exprese sus razones para ello. En otras pa-labras, mi criterio es que la corte puede imponer una pena extrema sin justificar su actuación. Esto se hace más claro si se acude a mi opinión disidente en el caso de El Pueblo v. Liceaga, 36 D.P.R. 449. El Juez Asociado Sr. Aldrey está conforme con esta opinión.