Báez v. Porto Rico Commercial Corp.

(Por la corte, a propuesta del

Juez Asociado Señor Wolf.)

Celebrada la vista de la moción para desestimar, a la cual no asistieron las partes, se declara con lugar la moción por falta de la debida prosecución y por tanto se desestima el recurso de apelación interpuesto en este caso por la parte «demandada.