(Por la corte, a propuesta del
Juez Asociado Señor Aldrey.)Apelada la sentencia en este caso el 20 de octubre de 1930 y habiendo vencido el 10 de enero último la prórroga conce-dida a la apelante por la corte inferior para que el taquí-grafo preparase la transcripción de la evidencia para esta apelación sin que haya sido presentada, y no habiendo radi-cado en este tribunal la transcripción de los autos, debemos desestimar y desestimamos la presente apelación, a instancia de la apelada.