Pueblo v. Tribunal Superior de Puerto Rico

Voto concurrente del

Juez Asociado Señor Ramírez Bages

San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 1968

Concurro en el resultado por considerar que, siendo in-necesario dictaminar sobre la cuestión de si un acusado debe *274tener asistencia de abogado al consentir que se registre su residencia, no debe hacerse en la opinión en este caso refe-rencia alguna al estado del derecho en otras jurisdicciones sobre esta cuestión.