RESOLUCIÓN
Atendida la solicitud de certiorari presentada por la parte peticionaria, “no ha lugar”.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado Señor Rebollo López emitió una opinión disidente. El Juez Asociado Señor Rivera Pé-rez expediría.
(Fdo.) Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo