Rodríguez v. Corte de Distrito de Arecibo

Anulada la orden de que se queja el peticio-nario y se devuelve el caso a la Corte de Distrito de Arecibo, la que deberá adoptar las medidas adecuadas a fin de que el apelante pueda colocar a esta Corte Suprema en las mismas condiciones en que se encontraba la de Distrito al resolver el habeas corpus.