(Por la corte, a propuesta del
Juez Asociado Señor Aldrey.)Habiendo sido interpuesta esta apelación el 8 de enero úl-timo sin el sello de rentas internas que dispone la ley y, ade-más, no habiendo hecho los apelantes gestión alguna desde dicha fecha para perfeccionar su recurso, desestimamos la apelación, a instancia de la apelada.