Pueblo v. Suárez

Voto Disidente del

Juez Presidente Sr. De Jesús y del Juez Asociado Sr'. Todd, Jr.

Disentimos por ser de opinión que las circunstancias con-currentes en el presente caso no justifican la aplicación de la doctrina establecida en los casos de Pueblo v. De Jesús, 57 D.P.R. 708; Pueblo v. Bernabe, 63 D.P.R. 400 y Pueblo v. Mercado, 69 D.P.R. 335.